Colegas:
Teniendo en cuenta el convenio que nuestra entidad firmó con el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat en el marco del PLAN PROCREAR II el Consejo Superior aprobó la RESOLUCIÓN 1226/21.
Acá podrás encontrar la resolución y el instructivo de aplicación:
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Artículo 6°: Para aquellos casos en que construya en terreno de los padres, aparte de construirse la obra nueva por el crédito PROCREAR, línea construcción, también podrá existir la posibilidad de regularizar una construcción existente, esta se presentara al visado colegial, inmediatamente posterior al de la obra nueva.
Lee los detalles los detalles de las interpretaciones y aplicación de los artículos Nro 6 y Nro 7, en el siguiente documento: