Dictámenes Desafavorables para 5 Emprendimientos en el Partido de General Rodriguez

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  • Última modificación de la entrada:11 de septiembre de 2026
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El Municipio de General Rodríguez informó sobre dictámenes técnicos desfavorables respecto de la factibilidad urbanística de determinados proyectos urbanísticos y desarrollos inmobiliarios del Partido.

En este marco, la Secretaría del Colegio de Técnicos solicita poner esta información en conocimiento de los profesionales matriculados y registrados, a fin de aclarar que las eventuales intervenciones profesionales deberán circunscribirse a tareas vinculadas con estudios de prefactibilidad, factibilidad, regularización administrativa, relevamientos técnicos o elaboración de anteproyectos urbanísticos, sin que ello implique, en ningún caso, la convalidación, promoción, consolidación o materialización de emprendimientos que, al momento, carecen de encuadre urbanístico favorable.

1. P & C Desarrollo Ruta 6 General Rodríguez – La Reserva del Oeste

Expediente Municipal: N.º 4050-244.436/2026, Alcance 2.
Resolución GEDO: N.º IF-2025-08556710-GDEBA-DGTMGGP, de fecha 13/03/2025.

El dictamen técnico resulta desfavorable respecto de la factibilidad urbanística del proyecto. Entre sus consideraciones, se señala que los predios se localizan en área rural, distantes del área urbana y sin posibilidad de continuación de la trama vial y el tejido urbanizado. Asimismo, se indica que la configuración del emprendimiento corresponde a un conjunto inmobiliario tipo barrio cerrado, por lo que no resulta encuadrable en los supuestos previstos por la Ley 14.449 de Acceso Justo al Hábitat.

2. Yachting Club Don Luis S.R.L.

Expediente Municipal: N.º 4050-244.436/2026, Alcance 2.
Resolución GEDO: N.º IF-2025-08556710-GDEBA-DGTMGGP, de fecha 13/03/2025.

El dictamen técnico resulta desfavorable respecto de la factibilidad urbanística del proyecto. Entre sus conclusiones se señala la localización del predio en área rural, distante del área urbana, y se observa que la configuración del barrio, con cerco perimetral, acceso controlado y equipamientos comunes, configura un conjunto inmobiliario tipo barrio cerrado.

3. Haras El Terraplén – Club de Campo

Expediente Municipal: N.º 4050-228.836/2026, Alcance 2.
Resolución GEDO: N.º IF-2025-08556992-GDEBA-DGTMGGP, de fecha 13/03/2025.

El dictamen técnico resulta desfavorable respecto de la factibilidad urbanística del proyecto. Se señala que los predios se localizan en área complementaria, distantes del área urbana y sin posibilidad de continuación de la trama vial y el tejido urbanizado. Asimismo, se considera que la configuración del club de campo constituye un conjunto inmobiliario cerrado que no resulta encuadrable en los supuestos previstos por la Ley 14.449.

4. Fincas Don Eugenio S.R.L. – Fincas Don Eugenio I

Expediente Municipal: N.º 4050-227.663/2026, Alcance 1.
Resolución GEDO: N.º IF-2025-08557200-GDEBA-DGTMGGP, de fecha 13/03/2025.

El dictamen técnico resulta desfavorable respecto de la factibilidad urbanística del proyecto. Entre sus consideraciones se indica que los predios se localizan en área complementaria, distantes del área urbana y sin posibilidad de continuación de la trama vial y el tejido urbanizado. También se señala que la configuración del barrio, con cercado, acceso controlado y equipamientos comunes, configura un conjunto inmobiliario tipo barrio cerrado.

5. Fincas Don Eugenio S.R.L. – Fincas Don Eugenio II

Expediente Municipal: N.º 4050-230.401/2026, Alcance 3.
Resolución GEDO: N.º IF-2025-08564464-GDEBA-DGTMGGP, de fecha 13/03/2025.

El dictamen técnico resulta desfavorable respecto de la factibilidad urbanística del proyecto. Se señala que el predio se localiza en un área complementaria-residencial, distante del área urbana y sin posibilidad de continuación de la trama vial y el tejido urbanizado. Asimismo, la configuración del barrio es considerada un conjunto inmobiliario tipo barrio cerrado.

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