Nuevos requisitos de CAAITBA para trámites vinculados al CMAO

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  • Última modificación de la entrada:21 de septiembre de 2026
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La Tesorería del Consejo Superior informó una actualización en la documentación requerida para gestionar la renuncia al cómputo de aportes y la eximición del pago del 50% del CMAO.

La Tesorería del Consejo Superior informó que CAAITBA ha establecido un nuevo requisito para los siguientes trámites:

  • Renuncia al cómputo de aportes (100% del CMAO).
  • Eximición del pago del 50% del CMAO.

Para realizar cualquiera de estos trámites, el matriculado afiliado a CAAITBA deberá gestionar ante el Colegio de Distrito alguno de los siguientes documentos:

  • Libre Deuda de la Matrícula, o
  • Certificado de Matriculación actualizado, en el cual conste expresamente el Libre Deuda de la Matrícula.

⚠️ Importante

Para estos trámites no se emitirá el Certificado de Continuidad de Matrícula.


Desde el Distrito I recordamos que, si la matrícula se encuentra suspendida o registra deuda, para poder emitir el Libre Deuda de la Matrícula será necesario realizar previamente los pagos correspondientes y mantener la matrícula activa y al día.

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